El consejo de Ministros aprobó el pasado 10 de noviembre de 2017 la remisión a las Cortes Generales el Proyecto de Ley Orgánica de protección de datos de carácter personal.
En España, la protección de datos es un derecho fundamental protegido por el art.18.4 de la CE. Con este proyecto de ley se adapta la normativa española al Reglamento Europeo Comunitario de 2016. Las novedades introducidas serán de aplicación a partir del 25 de mayo de 2018, algunas de ellas son:
Menores de edad:
- En España, la Ley otorga a los mayores de 14 años capacidad para realizar determinados negocios jurídicos por lo que, hasta el momento la edad de consentimiento para el tratamiento de datos era la misma. Ahora, dicha edad se adelanta a los 13 años.
Personas fallecidas:
- Se excluye la figura del consentimiento tácito (no expresa, se supone).
- Se incluye la acción afirmativa y expresa por parte del afectado y se recoge manifiestamente el deber de confidencialidad.
- Este deber de confidencialidad no se extingue con el fallecimiento del individuo, pues los datos relativos a éste se tratarán en función de las voluntades expresas de los herederos.
Casos excepcionales de presunción del consentimiento:
- En los campos de sistemas de información crediticia, video vigilancia y de exclusión publicitaria (Lista Robinson), se presumirá dicho consentimiento pues prevalecerán el interés público, la función estadística y las denuncias internas en el sector privado.