Se ha habilitado esta posibilidad
A partir de ahora las actuaciones inspectoras no sólo podrán hacerse de forma presencial sino también mediante videollamada. A estos efectos, el sistema digital a través del que se desarrollen deberá permitir realizar todas las actuaciones: aportación de documentos, alegaciones, firma de actas, etc.
La utilización de videoconferencia requerirá la conformidad de ambas partes (inspector y contribuyente), debiendo éstas acordar la fecha y la hora de celebración. No obstante, en ciertos casos el contribuyente también puede exigir que las actuaciones se realicen de esta forma:
- Cuando tenga alguna discapacidad o movilidad reducida (en ese caso, la inspección debe desarrollarse del modo que resulte más apropiado para el contribuyente).
- O bien cuando alegue su derecho a que las actuaciones se lleven a cabo en la forma que le resulte menos gravosa.
Sistema digital
A partir de ahora las actuaciones inspectoras también podrán realizarse por videollamada.