23 de noviembre de 2021

RÉGIMEN DE DEVOLUCIÓN MENSUAL

Puede suponerle ahorros financieros.

Recuerde que durante el mes de noviembre su empresa puede optar por acogerse al régimen de devolución mensual de IVA para el año próximo.

Para acogerse a este régimen de devolución mensual debe cumplir, entre otros, los siguientes requisitos:

  • Debe solicitar su inscripción mediante la presentación de un modelo 036 de declaración censal. En concreto, deberá marcar la casilla 129: “Solicitud de inscripción / baja en el registro de devolución mensual”, y después la casilla 579 de la página 5.
  • Debe estar al corriente de sus obligaciones tributarias.
  • No debe realizar actividades que tributen en el régimen simplificado.

Este régimen obliga a presentar autoliquidaciones cada mes, pero le permite obtener la devolución casi inmediata del IVA que resulte a su favor a final de cada mes (en el régimen general la devolución sólo puede solicitarse en la última autoliquidación del año).

REDEME

Este régimen puede interesarle si prevé que alguna declaración de este impuesto va a resultar con saldo a su favor y su compensación puede demorarse.

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