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AYUDAS COVID DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ISLAS BALEARES

Apreciado cliente,

Adjunto acompañamos un resumen de las Ayudas COVID en cuanto al desarrollo de las mismas aprobado por la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, mediante Orden conjunta de la Consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores y del Consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, de 28 de mayo de 2021, que fue publicada en el BOIB el pasado sábado 29 de mayo de 2021.

Les resumimos los aspectos más relevantes de las solicitudes de ayuda, así como el plazo de presentación. La ayuda mínima por empresa será de 4.000,00 € y la máxima de 500.000 €, siempre con el límite de las deudas y gastos subvencionables pendientes de pago.

En caso de que deseen que nuestro despacho se encargue de la presentación de la solicitud, los honorarios se facturarán aparte, dado que se trata de un tema no previsto en la iguala, y que trasciende el ámbito fiscal. Los honorarios por cada solicitud ascenderán a 650,00 € más IVA.

Teniendo en cuenta que el plazo de presentación de solicitudes es del 14 al 28 de junio, plenamente coincidente con la campaña de IRPF, les agradeceríamos nos encargaran antes del día 14 de junio la presentación de la solicitud, a fin de poder organizar correctamente el trabajo. Por el mismo motivo, prevemos dificultades para poderles ayudar mediante la resolución de consultas por teléfono para la cumplimentación online de la solicitud, pues muy probablemente todo ello lo llevaremos a cabo en un horario fuera del horario habitual en el que les atendemos. Si nos encargan la presentación a nosotros, lo organizaremos para que todo se presente en plazo.

RESUMEN ORDEN DE 28/05/2021 DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ISLAS BALEARES: AYUDAS COVID

Para cualquier cuestión al respecto, rogamos contacten con Irma Riera, al tel. 971.21.46.16.

Cordialmente,

Irma Riera.

DOSSIER INFORMATIVO SOBRE LAS AYUDAS COVID-19

En relación a los Reales Decretos-leyes 5/2021 y 6/2021, se adjunta un dossier informativo sobre las ayudas dirigidas a las empresas y autónomos que han sufrido las consecuencias de la COVID-19 donde se extracta y determina los siguientes puntos:

MODELOS DE DECLARACIONES A PRESENTAR EN MAYO

Hasta el 20 de MAYO

Impuesto Período Modelo Concepto
Retenciones Abril 2021 111 Retenciones e ingresos a cuenta por rendimientos del trabajo y de actividades económicas (1)

 

Retenciones Abril 2021 115 Retenciones e ingresos a cuenta por renta o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos (2)

 

Retenciones Abril 2021 123 Retenciones e ingresos a cuenta por determinados rendimientos del capital mobiliario (2)

 

Retenciones Abril 2021 124 Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas y rendimientos del capital mobiliario derivadas de la transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión de cualquier tipo de activo representativos de la captación y utilización de capitales ajenos.

 

IVA Abril 2021 349 Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Declaración mensual (3)

 

IVA Abril 2021 380 IVA en operaciones asimiladas a las importaciones.

HASTA EL 31 DE MAYO

Impuesto Período Modelo Concepto

 

IVA Abril 2021 303 Autoliquidación mensual IVA.

 

IVA Abril 2021 322 Grupos Entidades en IVA. Modelo Individual. Declaración Mensual.

 

IVA Abril 2021 353 Grupos de entidades en IVA. Modelo agregado. Declaración Mensual.

Notas

(1) Cuando no se disponga de personal empleado y sólo se satisfagan rendimientos de actividades económicas no procederá la presentación de declaración negativa cuando no se hubieran satisfecho, en el período de declaración, rentas sometidas a retención. En este caso, es preciso presentar declaración de baja de esta obligación fiscal, para evitar requerimientos.

(2) No procederá la presentación de declaración negativa cuando no se hubieran satisfecho, en el período de declaración, rentas sometidas a retención. En este caso, es preciso presentar declaración de baja de esta obligación fiscal, para evitar requerimientos.

(3) La declaración tendrá carácter MENSUAL, salvo cuando el importe total de las entregas de bienes y prestaciones de servicios intracomunitarios no supere el umbral de 50.000,00 euros ni en el trimestre en curso ni en cada uno de los cuatro trimestres naturales anteriores, en cuyo caso será TRIMESTRAL., se superan los 50.000,00 euros, la periodicidad será mensual. En el mes en que se supere el límite de los 50.000,00 euros deberá presentarse declaración MENSUAL o BIMENSUAL.(4)

(4) INTRASTAT. Se recuerda que están obligados a presentar declaración Intrastat todos los sujetos pasivos del IVA, que hayan realizado operaciones intracomunitarias (intercambio de mercancías, no prestaciones de servicios) por un valor que alcance el umbral de exención (400.000,00 euros) durante el año natural anterior o cuando, no habiendo alcanzado dicho límite, lo alcancen a lo largo del año natural en curso.

REGLA DE LA PRORRATA EN LAS SOCIEDADES HOLDING MIXTAS

Apreciado cliente,

El pasado 25 de Febrero de 2021, el Tribunal Supremo, ha resuelto que las sociedades holding mixtas, es decir, las que además de poseer, gestionar y administrar las acciones de las sociedades en las que participa, presten a sus filiales servicios de apoyo financiero, contable, legal, técnico o comercial deberán aplicar la prorrata en el IVA.

Para cualquier cuestión al respecto, rogamos contacten con Irma Riera, al tel. 971.21.46.16.

Cordialmente,

Irma Riera.

REDUCCIÓN DE LOS SIGNOS, ÍNDICES O MÓDULOS DEL IMPUESTO SOBRE ESTANCIAS TURÍSTICAS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020

Apreciado cliente,

Con fecha 22 de Abril  de 2021 se publicó la Orden por la que se reducen los signos, índices o módulos del Impuesto sobre Estancias Turísticas (ECOTASA) para el ejercicio fiscal de 2020, y que afecta a aquellos contribuyentes que figuran en el régimen de estimación objetiva:

Dicha medida solo es aplicable a la liquidación de Ecotasa por estimación objetiva correspondiente al ejercicio 2020, que tal y como se indicó en la circular 08/21, se realizará entre el 1 y el 31 de Octubre de 2021, a excepción de las viviendas vacacionales, que lo harán entre el 1 de septiembre y el 31 de Octubre de 2021.

Pueden consultar aquí el detalle  de los nuevos signos, índices y módulos aprobados.

Para cualquier cuestión al respecto, rogamos contacten con Irma Riera, al tel.971.21.46.16.

Cordialmente,

Irma Riera.

FRACCIONAMIENTO DEL PAGO DE IRPF 2020 PARA AFECTADOS POR ERTE

Apreciado cliente,

Le informamos que se ha aprobado un fraccionamiento extraordinario para el pago de la deuda tributaria derivada de la declaración del IRPF del año 2020 para aquellos contribuyentes que se han visto afectados por un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE). A continuación les informamos más detalladamente en qué consiste:

Para cualquier cuestión al respecto, rogamos contacten con Irma Riera, al tel.971.21.46.16.

Cordialmente,

Irma Riera

MODELOS DE DECLARACIONES A PRESENTAR EN ABRIL

Hasta el 20 de ABRIL

Impuesto Período Modelo Concepto

 

Retenciones Marzo 2021 111 Retenciones e ingresos a cuenta por rendimientos del trabajo y de actividades económicas (1)

 

Retenciones Marzo 2021 115 Retenciones e ingresos a cuenta por renta o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos (2)

 

Retenciones Marzo 2021 123 Retenciones e ingresos a cuenta por determinados rendimientos del capital mobiliario (2)

 

Retenciones Marzo 2021 124 Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas y rendimientos del capital mobiliario derivadas de la transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión de cualquier tipo de activo representativos de la captación y utilización de capitales ajenos.

 

Retenciones 1T 2021 111 Retenciones e ingresos a cuenta por rendimientos del trabajo y de actividades económicas (1)

 

Retenciones 1T 2021 115 Retenciones e ingresos a cuenta por renta o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos (2)

 

Retenciones 1T 2021 123 Retenciones e ingresos a cuenta por determinados rendimientos del capital mobiliario (2)

 

Retenciones 1T 2021 124 Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas y rendimientos del capital mobiliario derivadas de la transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión de cualquier tipo de activo representativos de la captación y utilización de capitales ajenos.

 

Pagos Fraccionados IRPF 1T 2021 130 Pagos fraccionados Renta – Estimación directa.

 

Pagos Fraccionados IRPF 1T 2021 131 Pagos fraccionados Renta – Estimación Objetiva (módulos).

 

Pagos Fraccionados IS 1P 2021 202 Pagos fraccionados Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes (establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español) – Régimen General.

 

Pagos Fraccionados IS 1P 2021 222 Pagos fraccionados Impuesto sobre Sociedades – Régimen de consolidación fiscal.

 

IVA Marzo 2021 349 Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Declaración mensual (3)

 

IVA Marzo 2021 380 IVA en operaciones asimiladas a las importaciones.

 

IVA 1T 2021 303 Autoliquidación trimestral IVA.

 

IVA 1T 2021 309 Declaración-liquidación no periódica.

 

IVA 1T 2021 349 Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Declaración trimestral (3).

 

IVA 1T 2021 380 IVA en operaciones asimiladas a las importaciones.

 

IVA 1T 2021 308 Solicitud de devolución Recargo de Equivalencia (Tax Free) (4)

HASTA EL 30 DE ABRIL

Impuesto Período Modelo Concepto
IVA Marzo 2021 303 Autoliquidación mensual IVA.

 

IVA Marzo 2021 322 Grupos Entidades en IVA. Modelo Individual. Declaración Mensual.

 

IVA Marzo 2021 353 Grupos de entidades en IVA. Modelo agregado. Declaración Mensual.

 

Ecotasa 1T 2021 700 Declaración liquidación trimestral. Estimación directa

HASTA EL 15 DE JUNIO

Impuesto Período Modelo Concepto

 

Impuesto sobre vehículos 2020  

PALMA. Se ha iniciado el pago en periodo voluntario.

Pueden acceder a los recibos desde el apartado “Cartero Virtual de Avisos”, de la página web de la ATIB.

 

Tasa de residuos sólidos urbanos 2020  

PALMA. Se ha iniciado el pago en periodo voluntario.

Pueden acceder a los recibos desde el apartado “Cartero Virtual de Avisos”, de la página web de la ATIB.

HASTA EL 30 DE JUNIO

Impuesto Período Modelo Concepto

 

IRPF 2020 100 Declaración anual Renta 2020. A partir del 7 de Abril se puede proceder a la presentación de la declaración.

 

Patrimonio 2020 714 Declaración anual Patrimonio 2020. A partir del 7 de Abril se puede proceder a la presentación de la declaración.

Notas

(1) Cuando no se disponga de personal empleado y sólo se satisfagan rendimientos de actividades económicas no procederá la presentación de declaración negativa cuando no se hubieran satisfecho, en el período de declaración, rentas sometidas a retención. En este caso, es preciso presentar declaración de baja de esta obligación fiscal, para evitar requerimientos.

(2) No procederá la presentación de declaración negativa cuando no se hubieran satisfecho, en el período de declaración, rentas sometidas a retención. En este caso, es preciso presentar declaración de baja de esta obligación fiscal, para evitar requerimientos.

(3) La declaración tendrá carácter MENSUAL, salvo cuando el importe total de las entregas de bienes y prestaciones de servicios intracomunitarios no supere el umbral de 50.000,00 euros ni en el trimestre en curso ni en cada uno de los cuatro trimestres naturales anteriores, en cuyo caso será TRIMESTRAL., se superan los 50.000,00 euros, la periodicidad será mensual. En el mes en que se supere el límite de los 50.000,00 euros deberá presentarse declaración MENSUAL o BIMENSUAL.

ATIB. NUEVAS MEDIDAS EN RELACIÓN A LA ECOTASA Y TASA FISCAL DEL JUEGO

Apreciado cliente,

Con fecha 23 de Marzo de 2021 se publicó el Decreto Ley 2/2021, de 22 de marzo, por el que se aprueban medidas excepcionales y urgentes en el ámbito del impuesto sobre estancias turísticas (ECOTASA) en las Illes Balears y de la tasa fiscal sobre los juegos de suerte, envite y azar. A continuación, les detallamos las medidas acordadas:

1) IMPUESTO SOBRE ESTANCIAS TURISTICAS

La solicitud deberá realizarse en el plazo de un mes desde la publicación de la Orden en la que se reduzcan los signos, índices o módulos, y la Administración deberá dictar resolución y notificarla en el plazo máximo de tres meses desde la solicitud, en caso contrario, la solicitud se entendería desestimada. De momento no ha sido publicada dicha Orden.

2) TASA FISCAL SOBRE LOS JUEGOS DE SUERTE, ENVITE O AZAR

Para cualquier cuestión al respecto, rogamos contacten con Irma Riera, al tel.971.21.46.16.

Cordialmente,

Irma Riera

MEDIDAS EXTRAORDINARIAS DE APOYO A LA SOLVENCIA EMPRESARIAL EN RESPUESTA A LA PANDEMIA DE LA COVID-19

El pasado sábado, 13 de marzo de 2021, se publicó el Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, cuyo documento se adjunta, y que incluye medidas extraordinarias para apoyar la solvencia de empresas y autónomos afectada por la crisis actual derivada de la COVID-19.

Desde el punto de vista fiscal, a continuación resumimos las nuevas medidas adoptadas:

Aplazamiento de deudas tributarias

Tal y como ya se avanzó el pasado mes de diciembre, en el Real Decreto Ley 35/2020 de 22 de diciembre, se permiten los aplazamientos de deudas tributarias para contribuyentes con volumen de operaciones no superior a 6.010.121,04 euros. En concreto, se permite aplazar durante 6 meses el ingreso correspondiente a todas aquellas declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones cuyo plazo de presentación e ingreso finalice desde el día 1 de abril hasta el día 30 de abril de 2021. De esta manera, en lugar de ingresarse en abril, se ingresarían en octubre. En general, se refiere a las declaraciones correspondientes al primer trimestre de 2021. La novedad aprobada recientemente es que los primeros 4 meses no devengarán interés de demora, mientras que los dos meses restantes sí lo harán (inicialmente, no devengaban interés de demora los tres primeros meses).

Se recuerda que el aplazamiento también se aplica a las siguientes deudas tributarias, que en principio no pueden ser objeto de aplazamiento de conformidad con el artículo 65. 2 de la LGT:

Compromisos de los contribuyentes que se acojan a las líneas de apoyo empresarial

Aquellos contribuyentes destinatarios de las medidas financieras aprobadas en el RDL 5/2021, objeto de la presente circular, asumen los siguientes compromisos:

Para cualquier cuestión al respecto, rogamos contacten con Irma Riera, al tel.971.21.46.16.

Cordialmente,

Irma Riera

MODELOS DE DECLARACIONES A PRESENTAR EN MARZO

Hasta el 22 de MARZO

Impuesto Período Modelo Concepto

 

Retenciones Febrero 2021 111 Retenciones e ingresos a cuenta por rendimientos del trabajo y de actividades económicas (1)

 

Retenciones Febrero 2021 115 Retenciones e ingresos a cuenta por renta o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos (2)

 

Retenciones Febrero 2021 123 Retenciones e ingresos a cuenta por determinados rendimientos del capital mobiliario (2)

 

Retenciones Febrero 2021 124 Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas y rendimientos del capital mobiliario derivadas de la transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión de cualquier tipo de activo representativos de la captación y utilización de capitales ajenos.

 

IVA Febrero 2021 349 Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Declaración mensual (3)

 

IVA Febrero 2021 380 IVA en operaciones asimiladas a las importaciones.

HASTA EL 30 DE MARZO

Impuesto Período Modelo Concepto

 

IVA Febrero 2021 303 Autoliquidación mensual IVA.

 

IVA Febrero 2021 322 Grupos Entidades en IVA. Modelo Individual. Declaración Mensual.

 

IVA Febrero 2021 353 Grupos de entidades en IVA. Modelo agregado. Declaración Mensual.

HASTA EL 31 DE MARZO

Impuesto Período Modelo Concepto

 

Informativa 2020 720 Declaración informativa sobre bienes y derechos en el extranjero.

 

Ecotasa 2021 017 Renuncia al régimen de estimación objetiva para el ejercicio 2021 (período extraordinario de renuncia aprobado en el Decreto Ley 1/2021, de 25 de enero de 2021).

Notas

(1) Cuando no se disponga de personal empleado y sólo se satisfagan rendimientos de actividades económicas no procederá la presentación de declaración negativa cuando no se hubieran satisfecho, en el período de declaración, rentas sometidas a retención. En este caso, es preciso presentar declaración de baja de esta obligación fiscal, para evitar requerimientos.

(2) No procederá la presentación de declaración negativa cuando no se hubieran satisfecho, en el período de declaración, rentas sometidas a retención. En este caso, es preciso presentar declaración de baja de esta obligación fiscal, para evitar requerimientos.

(3) La declaración tendrá carácter MENSUAL, salvo cuando el importe total de las entregas de bienes y prestaciones de servicios intracomunitarios no supere el umbral de 50.000,00 euros ni en el trimestre en curso ni en cada uno de los cuatro trimestres naturales anteriores, en cuyo caso será TRIMESTRAL., se superan los 50.000,00 euros, la periodicidad será mensual. En el mes en que se supere el límite de los 50.000,00 euros deberá presentarse declaración MENSUAL o BIMENSUAL.