8 de enero de 2024

EL ADMINISTRADOR ES UNA SOCIEDAD

Esta situación no exime de responsabilidades…

En algunas empresas se intenta eximir a los administradores de las responsabilidades inherentes a su cargo. Para ello, nombran administrador a otra sociedad o intentan controlar de forma indirecta el consejo de administración. Por ejemplo:

  • Si se nombra administradora a otra sociedad, esta última debe designar a una persona física que la represente en el desempeño del cargo. Y esta persona física representante está sujeta al mismo régimen de deberes y responsabilidades que el administrador persona jurídica, siendo ambos responsables solidarios.
  • También se intenta tener derecho de “veto” en el consejo. Por ejemplo, en un consejo formado por tres consejeros (dos personas físicas y una jurídica), la persona jurídica no puede nombrar como su representante a una de las personas físicas que ya ejercen como consejeras, porque el Consejo debe actuar de forma colegiada adoptando decisiones por mayoría..

De hecho

Si una sociedad tiene como administrador a un testaferro, la ley prevé que las posibles responsabilidades exigibles también sean asumidas por los administradores “de hecho”; es decir, por las personas que, sin ser administradores, toman realmente las decisiones.

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