EN VACACIONES SOLICITA LOS DÍAS DE CORTESÍA Y EVITA RECIBIR NOTIFICACIONES DE LA AEAT

10 de julio de 2024

¿Qué ocurre si estoy de vacaciones o no disponible y recibido notificaciones por vía electrónica de Hacienda? ¿Cómo evitar que se tengan por notificadas? ¿Dispongo de algún tiempo de “descanso” durante el cual la AEAT no puede enviar notificaciones electrónicas? Esto es posible gracias a los días de cortesía.

La obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración supone, por un lado, la presentación de toda clase de documentos y solicitudes de manera obligatoria a través del registro electrónico de la Agencia Tributaria y, por otro, la inclusión en el sistema de notificaciones electrónicas obligatorias (NEO) por parte de la Agencia, con algunas excepciones en este último caso, entre otras:

Tributaria o desde la Dirección Electrónica Habilitada única (DEHú). Tanto la Agencia Tributaria como DEHú tienen a su disposición sistemas de avisos de comunicaciones y notificaciones electrónicas, de suscripción voluntaria, mediante el cual, con la recepción de un correo electrónico se informa de la existencia de nuevas comunicaciones o notificaciones realizadas por la AEAT.

La notificación se entiende realizada en el momento de acceso al contenido del acto notificado, o bien, si no se efectúa, al día siguiente del transcurso de 10 días naturales desde su puesta a disposición en la sede electrónica o DEHú.

CÓMO SOLICITAR LOS DÍAS DE CORTESÍA

Ahora bien, es posible, configurar un periodo sin recepción de notificaciones electrónicas de la Agencia Tributaria, estos son los llamados “días de cortesía”. Consiste en un plazo de 30 días naturales en los que la Agencia no podrá poner notificaciones a su disposición en la sede electrónica ni en la DEHú en los términos y condiciones que señala a Orden EHA/3552/2011, de 19 de diciembre.

Todo ello permite, poder disfrutar de un periodo sin notificaciones o comunicaciones no deseadas de la Agencia Tributaria.

Sin embargo, conviene matizar que las notificaciones puestas a disposición antes del inicio del periodo correspondiente a los días de cortesía se entienden notificadas al día siguiente del transcurso de 10 días naturales de no haber accedido a las mismas.

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