Child theme index:LOS GASTOS DEDUCIBLES DEL AUTÓNOMO
La deducibilidad de los gastos en actividades económicas se basa en el principio de correlación de ingresos y gastos, de tal modo que solo aquellos respecto de los que se acredite que se han ocasionado a causa del ejercicio de la actividad económica serán objeto de deducibilidad.
La Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, junto con la Ley del Impuesto sobre Sociedades y la del IVA, regulan una serie de gastos objeto de deducibilidad. Un ejemplo de éstos son:
FIANZAS Y DEPÓSITOS EN EL IBAVILa vigente Ley de Arrendamientos Urbanos, establece en su artículo 36 que, a la celebración de un contrato de arrendamiento, todo arrendador deberá exigir del arrendatario una fianza en metálico que depositará ante el IBAVI hasta la finalización del contrato y que durante los tres primeros años de duración de éste no estará sujeta a actualización. Esta fianza trata de actuar como garantía del propietario, para que el inquilino cumpla con las obligaciones del contrato.
APORTACIONES A PLANES DE PENSIONES CONSTITUIDOS A FAVOR DE PERSONAS CON DISCAPACIDADLa Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (artículo 53 y Disposición Adicional 10ª), establece que las aportaciones realizadas a planes de pensiones a favor de personas con discapacidad con un grado de minusvalía física o sensorial igual o superior al 65%, psíquica igual o superior al 33%, así como de personas que tengan una incapacidad declarada judicialmente, con independencia de su grado, podrán ser objeto de reducción en la base imponible con los siguientes límites máximos:
ÚLTIMA REFORMA EN LOS PLANES DE PENSIONESEl pasado 9 de febrero de 2018, el Consejo de Ministros aprobó un real decreto (RD 62/2018) que permitirá a las personas que ahorran en planes y fondos de pensiones recuperar lo depositado a partir de los 10 años de aportaciones, así como una rebaja de las comisiones que se pagan a las entidades gestoras.
ACLARACIÓN DEL CONCEPTO DE AUSENCIAS ESPORÁDICASEl pasado 16 de Enero de 2018, el Tribunal Supremo se pronunció en su Sentencia número 34/2018, acerca de la interpretación que debe darse a los artículos 8 y 9 de la Ley 35/2006, de 28 de Noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, especialmente, a lo que debe entenderse por “ausencias esporádicas” a efectos del citado impuesto.
IVA E INDEMNIZACIONES DE ALQUILEREl pasado 3 de noviembre de 2017 salió una consulta vinculante de la Dirección General de Tributos referente a una entidad que recibe una indemnización por rescisión anticipada de un contrato de alquiler y la sujeción de la misma al IVA.
Primero de todo debemos recordar qué operaciones están sujetas a IVA. Según el artículo 4 de la ley de este impuesto, estarán sujetas a IVA las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas en el ámbito espacial del impuesto por empresarios o profesionales en el desarrollo de su actividad.
RETRIBUCIÓN DEL ADMINISTRADOR EN UNA EMPRESA FAMILIAREl pasado 12 de septiembre de 2017, la Audiencia Provincial de Barcelona se pronunció sobre la retribución excesiva del administrador en empresas familiares.
En el caso objeto de estudio, dos accionistas minoritarios de una empresa familiar dedicada a la administración del patrimonio inmobiliario impugnan los acuerdos adoptados en la junta general de socios, alegando que la retribución fijada del administrador (siendo éste el socio mayoritario) vulnera el interés social de la entidad por considerarse desproporcionadamente alta.
SESIONES FORMATIVAS SOBRE LAS NOVEDADES LEGISLATIVASDurante el mes de enero el equipo de Fis3 Asesores ha llevado a cabo una serie de sesiones formativas en las que se han abordado dos de las más recientes novedades legislativas: (más…)
SOLICITUD CERTIFICADO ELECTRÓNICOLa Agencia Tributaria pone a disposición de los ciudadanos, a través de su Sede electrónica el acceso a numerosos servicios telemáticos, para los cuales es necesario disponer de un certificado electrónico en aplicación del Reglamento (UE) 910/2014.
PROYECTO DE LEY ORGÁNICA: PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONALEl consejo de Ministros aprobó el pasado 10 de noviembre de 2017 la remisión a las Cortes Generales el Proyecto de Ley Orgánica de protección de datos de carácter personal.