Child theme index:INCLUSIÓN DE SOCIEDADES INACTIVAS EN LAS NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS
De acuerdo a lo establecido en el Real Decreto 1363/2010, las Personas Jurídicas y las Entidades sin personalidad jurídica (comunidades de bienes, herencias yacentes y comunidades de propietarios), están obligadas a recibir, por medios electrónicos, las comunicaciones y notificaciones de la AEAT.