Recientemente ha aparecido en la prensa que dos conocidas empresas de reparto de comida a domicilio han sido condenadas por contar en su plantilla con falsos autónomos. Pues bien, evite que esto le pase a su compañía.
Dos recientes sentencias han declarado la existencia de una relación laboral entre dos empresas de reparto de comida a domicilio y varios de sus repartidores que prestaban sus servicios como autónomos. Recuerde que si el trabajo realizado por el autónomo cumple con los requisitos de una relación laboral, el afectado será un falso autónomo. Vea lo que ocurrió y evite que le pase a usted.
Relación laboral
Aunque un empleado esté dado de alta en el RETA, su relación con la empresa será de falso autónomo si existe dependencia (si las tareas se realizan bajo la organización y dirección del empresario) y ajenidad (si la empresa asume los riesgos y los beneficios). En los casos de estas sentencias, las notas que caracterizaban la existencia de una relación laboral fueron, entre otras, las siguientes:
- Los repartidores seguían las instrucciones de la empresa. Por ejemplo, era ésta la que decidía la zona en la que los trabajadores debían desempeñar sus funciones, así como el precio de los servicios.
- La empresa decidía también en qué horario se debían prestar los servicios y planificaba el disfrute de las vacaciones.
- Los trabajadores carecían de libertad para rechazar pedidos.
Consecuencias. Si se declara que un trabajador es un falso autónomo, el afectado puede reclamar su condición de fijo, las diferencias salariales del último año respecto al salario de convenio para sus tareas y una indemnización por despido improcedente al término de la relación.
Cautelas previas
Selección. Si quiere recurrir a autónomos (para tener una mayor flexibilidad, para ahorrarse costes de cotizaciones…), asegúrese de que la relación mercantil es lícita y de que no serán considerados falsos autónomos. Por ejemplo, antes de recurrir a uno concreto, busque varios candidatos y verifique si alguno tiene estructura propia (maquinaria, furgoneta…), empleados, página web con sus servicios, otros clientes recurrentes…
En el contrato. Cuando formalicen el contrato mercantil, reflejen los servicios que el autónomo realizará, los plazos de entrega, las tarifas (pacten una retribución que dependa de las ventas o de las unidades producidas, por ejemplo). No incluya menciones que puedan dar a entender que usted organiza su trabajo.
Durante la relación
Recomendaciones. Una vez el autónomo empiece a trabajar, adopte precauciones para evitar indicios de laboralidad:
- Acredite que el autónomo organiza su actividad según sus propios criterios. Por ejemplo, reúnase con él una vez a la semana (si quiere ir controlando el desarrollo del servicio contratado) y dele libertad el resto del tiempo.
- El autónomo debe decidir libremente sus horarios, y disfrutar de permisos y vacaciones sin requerir la autorización de su empresa.
- El autónomo debe asumir los riesgos de su actividad (por ejemplo, los gastos).