La solicitud puede demorarse hasta el año 2021
Cuando una empresa tiene problemas de liquidez y deja de atender sus obligaciones de pago de forma general, sus administradores quedan obligados a solicitar ante el juez la declaración de concurso de acreedores. Dicha solicitud debe realizarse en el plazo de dos meses desde que los administradores conocen (o deberían conocer) ese estado de insolvencia.
No obstante, a raíz de la crisis generada por el coronavirus, esta obligación de presentar la solicitud de concurso ha quedado suspendida hasta el 31 de diciembre de 2020. Es decir, aunque la solicitud puede presentarse durante el año 2020, se permite que los administradores esperen hasta el año 2021 para hacerlo.
En todo caso, ello no suspende el deber de diligencia de los administradores. Por tanto, si deciden esperar, no deben tomar decisiones que agraven o empeoren la situación económica de la empresa (si lo hicieran, se les podrían exigir responsabilidades).
Responsabilidades
Evite grandes adquisiciones de mercancías, o la transmisión de activos importantes de la empresa, o contraer obligaciones más allá de lo necesario para mantener la actividad ordinaria de la empresa.