La Agencia Tributaria pone a disposición de los ciudadanos, a través de su Sede electrónica el acceso a numerosos servicios telemáticos, para los cuales es necesario disponer de un certificado electrónico en aplicación del Reglamento (UE) 910/2014.
Los certificados se solicitan a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) vía internet desde su página web, y después será la AEAT quien actuará como Oficina Registro.
Los certificados que emite la FNMT son:
- Certificado de Persona Física
- Certificado de Representante: para Representantes de Administradores únicos y solidarios, Representante de Persona Jurídica, y Representante de Entidad sin Personalidad Jurídica
- Certificado de Administraciones Públicas
El período de validez de un Certificado de Representante emitido por la FNMT es 2 años; una vez transcurrido ese plazo, el Certificado caduca, y deja de estar operativo. Por este motivo, les recordamos la importancia de revisar la caducidad de sus certificados digitales, y de este modo, iniciar los trámites de solicitud a la FNMT con un tiempo prudencial.
La FNMT permite la renovación de un Certificado de Persona Física de forma telemática, desde los 60 días anteriores a su fecha de caducidad y siempre que además, el Certificado en vigor en ese momento hubiese sido obtenido mediante acreditación presencial en un plazo inferior a 5 años. En el caso de un Certificado de Persona Jurídica, también podrá renovarse de forma telemática, si el Administrador único o solidario dispone del Certificado de Persona Física en vigor.
En el caso de que el representante de la empresa no pueda personarse ante la AEAT para realizar los trámites oportunos, se puede cumplimentar una solicitud que podrá llevar cualquier otra persona a la AEAT. Estos modelos de solicitud deben estar cumplimentados correctamente para que la AEAT proceda a su Registro, indicando:
- Datos de la Entidad Representada.
- Datos del Representante de la Entidad (debe indicar su domicilio fiscal).
- Datos de Contacto (teléfono e email de aquella persona o entidad que efectúa la solicitud directamente a la FNMT, para así asegurar la correcta descarga del certificado y la recepción de la correspondiente factura de la FNMT).
- Firma ( el representante debe firmar ante Notario)
- Hojas de Términos y condiciones de Uso (deben ser firmadas también ante Notario para dejar así constancia de su lectura).
El solicitante de un Certificado de Representante de Persona Jurídica, deberá aportar un certificado del Registro Mercantil relativo a los datos de constitución y personalidad jurídica de la misma, y el Certificado del Registro relativo al nombramiento y vigencia del cargo del administrador o representante legal sujeto a inscripción registral.
Las Asociaciones, Fundaciones y Cooperativas no inscribibles en el Registro Mercantil, deberán aportar un certificado reciente del registro público. Estos documentos deberán ser emitidos con plazo no superior a los quince días anteriores a la fecha de solicitud del certificado.
Una vez efectuado el registro por parte de la AEAT, se descargará vía internet el Certificado electrónico expedido por la FNMT previo pago del precio público establecido mediante tarjeta de crédito/débito, y se procederá así a la instalación del Certificado en su equipo.